FEUSO-Andalucía recurre la sentencia del Supremo sobre la enseñanza diferenciada

01 Octubre

01 Octubre 2012 por FEUSO | Noticias

FEUSO-Andalucía ha presentado incidente de nulidad de actuaciones contra la reciente sentencia del Tribunal Supremo que estimó el recurso de casación interpuesto por la Consejería de Educación de la Junta de Andalucía y revocó la sentencia del TSJA que consideraba que era nula la condición impuesta en la Orden para la escolarización de alumnos de ambos sexos para continuar con el concierto del centro de educación diferenciada de la Escuela Familiar Agraria El Cható, de Brenes, en Sevilla.

FEUSO-Andalucía, al no compartir la decisión del Tribunal Supremo, y por pura coherencia sindical, recurre la decisión de este tribunal por considerar que la sentencia vulnera los artículos 14º y 27º de la Constitución Española, que aseguran, respectivamente, el principio a la igualdad y la libertad educativa en España. Como ha reconocido la sentencia del TS, la legislación permite el modelo pedagógico de educación diferenciada, pero entiende que los centros que imparten este modelo no pueden ser sostenidos con fondos públicos.

La presentación por parte de la FEUSO-Andalucía de este incidente de nulidad al Supremo es un paso procesal previo al recurso de amparo, ante el Tribunal Constitucional, que presentaremos, en su caso, a continuación.
Si la Administración educativa retirara finalmente la financiación con fondos públicos a ese centro (y a los otros once de educación diferenciada en Andalucía), las respectivas empresas podrían optar por seguir adelante con su proyecto educativo de manera privada, o por cerrar el centro. En el primer caso, el centro se vería afectado por un convenio colectivo diferente al actual (el de centros de enseñanza privada concertada), con unas condiciones laborales para los trabajadores bastante inferiores a las actuales. En caso de cierre, un importante número de trabajadores perdería su empleo, a pesar de la demanda social existente hacia este tipo de centros.

También tendría negativas consecuencias para las familias que han elegido libremente ese modelo educativo, que se verían privadas del mismo o tendrían que sufragarlo con sus propios medios (lo que muchos no podrían costear), por lo que pagarían doblemente la educación de sus hijos, lo que a nuestro juicio resulta bastante injusto.

En FEUSO planteamos que si los centros de educación diferenciada, “discriminan a los niños o a las niñas”, no solamente habría que retirarles cualquier financiación pública, sino que habría que cerrarlos directamente. Recordamos que el Tribunal Supremo ha declarado que la educación diferenciada es “legítima y legal”, y que no es discriminatoria. En la USO pensamos que estos centros ofrecen un modelo pedagógico más, diferente pero no discriminatorio, por lo que hay que financiarlos con fondos públicos, siempre que cuenten con suficiente demanda social.

La Federación de Enseñanza de USO confía en que este asunto quede solucionado definitivamente en la dirección que apunta el Anteproyecto de Ley Orgánica para la Mejora de la Calidad Educativa, que recoge literalmente: “las Administraciones educativas podrán concertar centros de educación diferenciada, siempre que cumplan los requisitos de la Convención de la Unesco relativa a la lucha contra la discriminación en la esfera de la enseñanza”.

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