Convenio Concertada: Información 4ª reunión (22/3/04)

En esta reunión hemos tratado las propuestas relacionadas con la contratación y con la jornada. Obviamente sin llegar a ningún Acuerdo sobre estas materias. Sobre la jornada de trabajo del personal docente explicamos en qué consistía nuestra propuesta, ya que en ella no se cita actividades concretas que realiza el profesor (corrección de exámenes, explicación oral, etc.) porque esas actividades las hace siempre, la mayoría de la veces, en casa.

Nos parece más importante, y así lo hacemos constar en nuestra plataforma, fijar las funciones que dentro de su actividad lectiva y no lectiva realiza el docente, con el fin de contribuir a prestigiar y dignificar al profesorado, recordando la obligación de los docentes de impartir el currículo oficial con las materias que estos contienen (incluidos los recreos) que determinen las respectivas Administraciones Educativas.

Insistimos que nuestra propuesta sobre jornada del personal docente habla de fijar funciones y de limitar los períodos lectivos, una Disposición Transitoria regularía el momento y condiciones para la entrada en vigor de la nueva jornada. El actual Anexo IV no sería necesario, por ello proponemos una Disposición Adicional que regule los Acuerdos de mejora que puedan alcanzarse en las CC.AA. En ella se indicarían las materias que pueden ser objeto de ellos: retribuciones, jornada y categorías funcionales.

Dejamos claro que en Secundaria no hay quien aguante 25 horas lectivas, por ello proponemos la reducción a 22 períodos lectivos semanales. En Primaria hay que decir lo que hace un profesor y si están incluidos los recreos, etc. El profesor debe garantizar que imparte el currículo oficial establecido para los alumnos y si en él están incluidos los recreos formará parte de su actividad lectiva.

Creemos que nuestra plataforma es realista, sin entrar en la casuística. Hay que ir a una reducción real de jornada especialmente en Secundaria. La práctica del Anexo IV no ha sido viable. Si una vez acordado no se puede reducir jornada, queremos saber ¿de quién es la culpa?, para que cada cual que afronte su  responsabilidad: si es por culpa de la Administración que no aporta la dotación de plantilla necesaria o de las organizaciones empresariales, que teniendo los medios no los utilizan. Hay que ir a planteamientos claros de los periodos lectivos y de lo que las leyes establezcan.
También aprovechamos para recordar que la responsabilidad del profesor, en tanto que responsable de un aula, se extiende a los alumnos cuando están dentro de ella y cuando están en los recreos o en otras actividades, y él es quien  responde en primera instancia ante cualquier percance.

En relación con la contratación, volvimos a insistir en el contrato en prácticas, ya que cuando hablamos de homologación entre niveles concertados y no concertados, estamos hablando también de normalizar la situación del contrato en prácticas para todos los docentes. Es decir, que todos con independencia de estar en un nivel concertado o no reciban el 100% del salario.

En cuanto al contrato de relevo insistimos que cuando el trabajador relevado reduzca su jornada al máximo (85%), el relevista sea contratado a tiempo completo.

También plateamos la regulación del contrato a tiempo parcial, ya que hay un margen en la legislación para adecuarlo al personal docente; en Bachillerato, por ejemplo, hay docentes que por la materia que imparten no pueden tener las actuales 25 horas, por ello proponemos que al personal docente se le puede  mantener la jornada completa cuando imparta 22 horas o más horas lectivas. Volvimos a insistir en separar la conversión ordinaria de contratos indefinidos de los contratos de fomento a la contratación indefinida. Ya que queremos evitar, pues no tiene sentido, que se puedan encadenar contratos temporales en el personal docente.

Acta de la 3ª reunión

FEDERACIÓN DE ENSEÑANZA – USO
Madrid, 22 de marzo de 2004

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