Hacienda inicia la devolución del IRPF de las prestaciones por maternidad y paternidad desde 2014
04 de Diciembre por FEUSO, publicado en Madrid
Las madres y padres que hayan disfrutado de las diferentes prestaciones por nacimiento o adopción en 2014 y 2015 pueden ya formalizar la devolución del IRPF en la web de la Agencia Tributaria a través de este enlace:
Enlace solicitud devolución Agencia Tributaria
Información sobre la exención en IRPF de las prestaciones por maternidad/paternidad percibidas de la Seguridad Social
La sentencia del Tribunal Supremo de 3 de octubre de 2018 (sentencia 1462/2018) fija como doctrina legal que “Las prestaciones públicas por maternidad percibidas de la Seguridad Social están exentas del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas”.
La Dirección General de Tributos interpreta que esta doctrina es igualmente aplicable a las prestaciones por paternidad percibidas de la Seguridad Social.
En la aplicación de esta doctrina pueden distinguirse los siguientes supuestos: