El Departamento de Educación vulneró el derecho fundamental a la libertad sindical

20 Octubre

20 Octubre 2006 por FEUSO | Aragón

Sentencia favorable a la Federación de Enseñanza de USO-Aragón

El día 19 de octubre, el Tribunal Superior de Justicia de Aragón ha fallado en contra de la Diputación General de Aragón (Departamento de Educación, Cultura y Deportes), por la demanda que interpuso la Federación de Enseñanza de USO-Aragón a propósito de un flagrante hecho de marginación sindical. La sentencia ha declarado "estimar el recurso contencioso administrativo de 2004 interpuesto por Unión Sindical Obrera (USO) de Aragón contra la resolución desestimatoria presunta y actuación indicada en el encabezamiento de esta sentencia, declarándolas nulas, por vulnerar el derecho fundamental de derecho a la libertad sindical, que establece el art. 28.1 de la Constitución".

La Federación de Enseñanza de USO decidió no firmar el Acuerdo de 29 de julio de 2004 entre el Departamento de Educación y las organizaciones sindicales y patronales representativas de la enseñanza concertada. Como consecuencia de este Acuerdo, la Diputación General de Aragón, con el apoyo del sindicato mayoritario y otras dos organizaciones sindicales, tomaron como represalia contra la USO la creación de una Comisión de Seguimiento referente a la "paga de 25 años de antigüedad", impidiendo –contra los derechos sindicales- la presencia de USO en dicha Comisión con el objeto de poder "mercadear" en este tema y no llevar el exhaustivo control que era necesario, como así ha sucedido durante todo este tiempo. Ante este hecho, que marginaba deliberadamente a la USO, se procedió a demandar a la DGA. 
En junio de 2006, esta ¿Comisión de Seguimiento? tomó la decisión de incorporar una nueva Addenda al Acuerdo de 29 de julio de 2004, con la que se pretendía volver a imposibilitar a la USO la defensa de los intereses de los trabajadores de la Enseñanza Concertada. Frente a esta estrategia, la USO solicitó la adhesión al Acuerdo que no habíamos firmado con el único objetivo de poder participar en una sospechosa Comisión de Seguimiento que no estaba cumpliendo con su cometido.

Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Aragón.

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