Galicia

Para FEUSO, la Orden de Conciertos aprobada por la Xunta responde al mandato constitucional

04 Septiembre

04 Septiembre 2009 por FEUSO | Galicia

La Federación de Enseñanza de USO-Galicia muestra su satisfacción por la decisión de la Xunta, plasmada en la Orden de Conciertos aprobada a inicios del mes de agosto, de mantener el concierto a aquellos centros que, en uso de la autonomía organizativa y pedagógica que la Ley les otorga, optan por ofrecer una enseñanza diferenciada.


La existencia de este tipo de centros no conlleva ningún tipo de discriminación; son centros debidamente autorizados por las Administración educativa para impartir la enseñanza objeto del concierto y facilitan otra opción pedagógica para  que los padres pueden libremente escoger de acuerdo a sus propias convicciones, lo cual resulta coherente con el mandato constitucional vigente.

La cuestión de la legalidad de la existencia de este tipo de centros no parece ser el objeto de la cuestión, sino si estos deben estar o no concertados. Pues bien, la respuesta es sencilla: para el acceso al concierto educativo deben cumplir que estén autorizados, que exista demanda de ellos y cubran necesidades de escolarización; y lo que está claro es que estos centros cumplen estas condiciones y, por tanto, lo legal es concederles el concierto.

Desde la Federación de Enseñanza de USO-Galicia creemos que hemos asistido, una vez más, a un intento de imponer un único modelo de escuela frente a los que pensamos que pueden y deben existir distintas opciones para que las familias puedan elegir libremente. Esta elección sólo se podrá realizar en igualdad de condiciones si existe el concierto educativo. De lo contrario, estaríamos ante una situación claramente discriminatoria, pues sólo quien tenga recursos podrá elegir la educación que quiere para sus hijos, algo que desde FEUSO siempre hemos rechazado.

También vemos con preocupación, desde FEUSO, que los que cuestionan la financiación pública para este tipo de centros se olvidan de su profesorado y del personal no docente, que tienen los mismos derechos y obligaciones que en cualquier otro centro y, por tanto, a percibir sus retribuciones y demás condiciones sociolaborales con arreglo al concierto. Eso sí sería objeto de discriminación laboral por razón del tipo de centro en el cual realizan su  trabajo.

Desde la Federación de Enseñanza de USO nos parece bien que existan y se promuevan centros que desarrollen la coeducación, pero el mismo derecho tienen los que en virtud de la autonomía organizativa y pedagógica plantean un modelo de educación diferenciada. La USO siempre defenderá el sano pluralismo escolar.

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