Comunidad de Madrid

RECUPERACIÓN DE LA PAGA EXTRA DE DICIEMBRE DE 2012

13 Enero

13 Enero 2015 por FEUSO | Madrid

Ante la gran cantidad de preguntas sobre la recuperación de la paga extraordinaria y adicional de diciembre de 2012 os enviamos publicamos la siguiente aclaración.

En disposición adicional décimo segunda de la la Ley 36/2014, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2015 se dice que "cada Administración Pública, en su ámbito, podrá aprobar el abono de cantidades en concepto de recuperación de los importes efectivamente dejados de percibir como consecuencia de la supresión de la paga extraordinaria, así como de la paga adicional de complemento específico o pagas adicionales equivalentes".

Esto se traduce según los sectores:

Enseñanza concertada: Como ya publicamos en nuestra web La CAM devolverá el 25% de la cantidad sustraída a los docentes de Concertada en diciembre de 2012 . Aún no sabemos ni como ni cuando se hará efectiva esta devolución. En cualquier caso, como en la Comunidad de Madrid se reclamó y ganó judicialmente la recuperación de la paga extra de 2012, FEUSO - Madrid exigirá el cumplimiento de la sentencia.

Enseñanza Pública: Los docentes de la enseñanza pública de la Comunidad de Madrid han de atenerse a lo publicado en la Ley 3/2014, de 22 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2015, en la DISPOSICIÓN ADICIONAL DECIMOSEXTA que adjuntamos. Ahí también se detalla que la recuperación corresponde a los primeros 44 días, pero no dice como se abonará. También se detalla que personal que no se encontrara en situación de servicio activo o asimilada, las cantidades a que se refiere la presente disposición le serán abonadas por el centro gestor al que le hubiere correspondido abonar la paga en diciembre de 2012, previa solicitud.

Enlace al PDF
Back to top