Funciones del Responsable de Seguridad y Salud y el Delegado de Prevención. Protocolos de actuación

18 Septiembre

18 Septiembre 2020 por FEUSO | Noticias

Para que los centros educativos puedan volver a abrir sus puertas de forma segura, es necesario un enfoque que abarque tanto al conjunto escolar como a toda la comunidad educativa. Todos, Gobiernos y empresas, deben cumplir sus obligaciones para garantizar la salud y la seguridad en el trabajo. Pero también los docentes y los trabajadores del PAS, a través de sus representantes, deben velar para que se cumplan las medidas de seguridad adoptadas y las instrucciones de cada territorio. Todos debemos cumplir con nuestra responsabilidad para que esta crisis sanitaria afecte lo menos posible tanto al alumnado como a los trabajadores. 

En este sentido, y para que todo funcione con normalidad, hoy más que nunca es imprescindible el Delegado de Prevención (DP). Esta figura se establece en el artículo 35 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales (LPRL).

En el contexto actual como consecuencia de la crisis sanitaria provocada por la pandemia del COVI-19, además de los Delegados de Prevención, es necesaria la existencia del Responsable de Seguridad y Salud, figura que se plantea como esencial en muchas guías presentadas por organismos públicos y entidades relacionadas. Estas personas reclaman que se definan sus funciones y cualificaciones y, a su vez, demandan herramientas que les ayuden a desarrollar esta responsabilidad.

¿QUIÉNES SON Y QUÉ FUNCIONES TIENEN? 

DELEGADO DE PREVENCIÓN 

El Delegado de Prevención es un trabajador elegido como tal por y entre los representantes legales de los trabajadores en el Comité de Empresa o entre los Delegados de personal. Tiene funciones específicas en materia de prevención de riesgos en su lugar de trabajo. Sus facultades y competencias están determinadas en el artículo 36 de la LPRL: Competencias y facultades de los Delegados de Prevención.

Además, ¿qué puede hacer el delegado de prevención para garantizar que se cumplan las medidas preventivas que se determinan en las instrucciones para este curso ante la situación de pandemia que estamos sufriendo?

En los protocolos sobre el COVID-19, el Delegado de Prevención tiene también una función de seguimiento del correspondiente protocolo de actuación; por tanto, en la situación actual deben realizar también estas funciones:

  1. Comprobar que se ha incorporado la normativa de referencia relacionada con la COVID-19 a los Planes de Acción Preventiva y en los protocolos y planes de actuación del centro.
  2. Comprobar que se cumplen todos los protocolos de actuación como:
  • Indicaciones y señalizaciones.
  • Uso de mascarillas y guantes.
  • Comprobar que se garanticen las distancias de seguridad.
  • Verificar que se eviten las aglomeraciones en las entradas y salidas, que se cierren las aulas y las salas de reuniones, que estén previstas unas normas de uso de las salas de descanso...
  • Comprobar que se ventilan las instalaciones (aulas, salas de profesores…).
  • Revisar las mamparas.
  • Constatar que se cumplen los protocolos establecidos cuando aparezcan casos sospechosos tanto de alumnos como de trabajadores/as.
  • Evitar la presencia de personas contagiadas.

 

  1. Revisar las medidas higiénicas y de desinfección y que se cuente con el necesario gel hidroalcohólico, los productos de limpieza, los pañuelos de papel...
  2. Supervisar la gestión de residuos. ¿Se separan correctamente los guantes, mascarillas, etc.?
  3. Vigilar que se cumplan las medidas que se hayan adoptado para grupos específicos, ya sean alumnos, profesores, PAS…
  4. Comprobar que los Epis propuestos por los Servicios de Prevención estén disponibles para los empleados y que se les haya proporcionado información para su uso (mascarillas, guantes…).
  5. Cerciorarse de que los Servicios de Prevención se han coordinado con las empresas que comparten y/o trabajan en las mismas instalaciones (servicios de comedor, limpieza...).
  6. Por último, si se percibe que no se cumplen con las instrucciones o que algo no está bien, el Delegado de Prevención debe:
  • Comunicarlo por escrito al responsable en materia de PRL del centro.
  • Elevarlo al Comité de Seguridad y Salud, si existe.

 

RESPONSABLE DE SEGURIDAD Y SALUD

En los protocolos que se han aprobado para combatir el COVID-19 aparece el Responsable de Seguridad y Salud, personas que pertenecen a la cadena de mando del centro de trabajo, pues son las que desarrollan el plan de actuación. Se requiere que esta persona tenga una constante presencia en el lugar de trabajo y cuente con acceso a los recursos necesarios para cumplir con estos cometidos.

El Responsable de Seguridad y Salid debe ser una persona formada en los temas relacionados con la propagación del virus y debe actualizar constantemente estos conocimientos sobre los cambios y modificaciones que se generen en la regulación de la enfermedad. Aunque lo más importante que debe conocer son los propios protocolos de la empresa, que son el punto de partida para realizar el seguimiento de las medidas implantadas y su adecuación a lo mandado por el Ministerio de Sanidad o el organismo competente de la Comunidad Autónoma.

El Responsable de Seguridad y Salud debe ser la referencia para la plantilla en asesoramiento o sanciones por incumplimientos derivados del protocolo, velando por la aplicación de las normas y procedimientos en materia del COVID-19 dispuestos por su centro de trabajo. Debe observar y garantizar que tanto las personas trabajadoras como los proveedores o clientes cumplan las normas establecidas: uso de los EPI, número de ocupantes por zona, cumplimiento de zonas de paso o delimitaciones, etc.

Las funciones del Responsable de Seguridad y Salud en el desarrollo de los planes de actuación frente al COVID-19 son las siguientes:

  1. Creación, mantenimiento y custodia de normativa e información sobre seguridad y salud laboral aplicable en la organización en relación al COVID-19.
  2. Desarrollo, supervisión y actualización del plan de contingencias. Debe delimitar las directrices técnicas convenientes, y considerar los posibles escenarios que puedan desarrollarse y cómo afectan al centro de trabajo.
  3. Planificación de las actividades desarrolladas, gestión de la formación e información, aplicaciones de medidas en plazos y disposición de recursos materiales y humanos.
  4. Dirección y cronograma de reuniones de coordinación.
  5. Comunicación. Debe trasladar toda la información y actividades relacionadas.

 

El Responsable de Seguridad y Salud debe conocer, también, los riesgos laborales de esta situación. Por ello, debe tener una formación en prevención de riesgos, como mínimo, el nivel básico. Esta persona es la que debe implantar medidas para disminuir los riesgos existentes, así como detectar las medidas de emergencia que podrían dejar de ser efectivas.

También deberá vigilar el cumplimiento de la totalidad de las medidas preventivas previstas y deberá recibir asimismo instrucciones precisas sobre los puestos, lugares o centro de trabajo en los que debe desarrollar su vigilancia y sobre las operaciones concretas sometidas a la misma, para acotar su ámbito de actuación.

Igualmente, tiene que precisarse el procedimiento para llevar a cabo la comunicación de las deficiencias observadas en el cumplimiento de la labor de vigilancia cuando, pese a sus indicaciones, dichas deficiencias no fueran corregidas, o cuando se observe ausencia, insuficiencia o falta de adecuación de las medidas estipuladas.

Si la persona que va ser nombrada reúne todos los requisitos, no podrá declinar el nombramiento ya que tiene el deber de cumplir con las instrucciones del empresario. Así lo recoge el artículo 5 c) del Estatuto de los Trabajadores.

 

UNA NECESARIA COORDINACIÓN

 

No existe prohibición expresa o incompatibilidad entre el Responsable de Seguridad y Salud y el Delegado de Prevención. En USO estamos convencidos de que ambas figuras, el Delegado de Prevención y el Responsable de Seguridad y Salud, son necesarias para combatir la pandemia y evitar los contagios en el ámbito laboral. Por ello, debe articularse un protocolo que detalle las funciones, facultades, responsabilidades y ámbito de actuación para cada uno de estos puestos. Por eso, desde USO instamos a todos los centros educativos a que nombre a la persona Responsable de Seguridad y Salud para combatir la COVID-19 y que se elijan los delegados de prevención para que, juntos, puedan trabajar para garantizar la máxima seguridad del alumnado y trabajadores/as.

 

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