Sectores

Acuerdo para el profesorado interino de la Comunidad de Madrid

17 Marzo

17 Marzo 2016 por FEUSO | Profesorado de religion - Madrid

El pasado día 15 de marzo Administración y Sindicatos firman el Acuerdo.

Tras varios meses de negociación, y rompiendo con el bloqueo que el anterior equipo de responsables de la Consejería de Educación habían implantado en sus relaciones con los sindicatos, en fecha 15 de marzo se procedió a la firma del tan deseado: “ACUERDO SOBRE SELECCIÓN DE CANDIDATOS A OCUPAR PUESTOS DOCENTES EN RÉGIMEN DE INTERINIDAD, COMPOSICIÓN Y ORDENACIÓN DE LAS LISTAS DE FUNCIONARIOS INTERINOS DOCENTES EN EL ÁMBITO DE LA COMUNIDAD DE MADRID”.

Destacamos del mismo algunos de sus criterios principales:-Queda mejor definida y con criterios más justos la baremación para la puntuación final, concediendo un 45 % del total a la nota de las oposiciones (no un 80 % como en las anteriores), un 45 % a la experiencia docente  y un 10 a la formación y otros méritos.              

-Se pueden valorar el baremo  las notas obtenidas en las oposiciones de los últimos 10 años o un mínimo de cinco convocatorias, hasta 2003. 

- Recuperación de la formación permanente.

- Como puntuación adicional se volverá a incluir un punto por haber trabajado al menos cinco meses y medio en un curso de los últimos 10 años en la Comunidad de Madrid.

-Se vuelve a considerar la experiencia como requisito de habilitación suficiente para la contratación (y no como últimamente que se debía aportar también titulación adicional). Los aspirantes que hubiesen decaído de las listas por este motivo se reincorporarán a las mismas

-Las listas de especialidades no convocadas se mantendrán sin rebaremar.

- Existe la posibilidad de pedir baja temporal de las listas sin justificación, si no se ha obtenido vacante en la primera asignación. Como mejora, se puede pedir por todo el curso de algunas especialidades, si se está en varias, aunque se hubiera obtenido vacante.

- Quienes estén en más de una lista, podrían solicitar no ser llamados por una o varias de ellas. La baja temporal se extenderá hasta la nueva convocatoria, salvo que no se haya convocado en dos años.

-Se reconocen de oficio los trienios correspondientes a servicios prestados que no se venían teniendo en cuenta.

DESDE FEUSO-MADRID VALORAMOS POSITIVAMENTE EL CONTENIDO DEL PRESENTE ACUERDO. ESPERAMOS SIRVA PARA UNA MÁS JUSTA SELECCIÓN DE CANDIDATOS Y PARA QUE MEJORE LAS CONDICIONES LABORALES Y PROFESIONALES DEL PROFESORADO INTERINO.

TRAS OCHO AÑOS DE DESENCUENTROS, ÉSTE ES EL FRUTO DE QUE SE HAYA RECUPERADO “EL DIÁLOGO”, PREMISA QUE DESDE FEUSO SIEMPRE HEMOS CONSIDERADO ESENCIAL.

Acuerdo Interinos 2016

 

Back to top